Se mantendrá el periodo de veda entre el 15 de diciembre y el 15 de marzo en los años subsiguientes

El ministerio de Pesca y Acuicultura (Minpesca) emitió la Resolución Nro. DM/N° 013-17 de fecha 31 de marzo de este año, publicada en Gaceta Oficial N° 41,133 del 18-04-2017, en la cual se regula la explotación de la sardina. El viceministro de Producción Primaria Pesquera y Acuícola, Miguel Carpio Serrano, explicó que el periodo de veda se mantiene entre el 15 de diciembre y el 15 de marzo en los años subsiguientes. La regulación establece además la talla mínima de captura en 19 centímetros para la sardina destinada a comercialización; mientras que las sardinas para usar como carnada, vivas o muertas, tendrán una talla de entre 15 y 18 centímetros.Igualmente, establece un máximo de 25 toneladas capturadas por embarcación a la semana, autorizando un máximo de 122 artes de pesca, ya se traten de chinchorro, trenes sardineros o máquina de argolla sardinera.La resolución establece también que las comunidades sardineras autorizadas son Guaca, con 60 artes de pesca, Guayacán con 14 y El Morro de Puerto Santo con 40 en el estado Sucre; así como Bahía de Las Piedras en el estado Nueva Esparta con ocho artes de pesca.El viceministro Miguel Carpio agregó que Minpesca, a través de su ente adscrito Insopesca, establecerá sistemas de monitoreo y seguimiento a la pesquería de sardinas, para verificar el cumplimiento de lo establecido en la regulación. A tal efecto, funcionarios de Insopesca, instituciones científicas y académicas, y voceros de los pescadores de esta especie conforman el Comité de Seguimiento (COSE) del recurso Sardina. Adicionalmente, Insopesca mantendrá observadores en los puertos de desembarque para inspeccionar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nro. DM/N° 013-17.

Source: El Mundo

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